Blog

Corte Constitucional de Ecuador suspende requisitos para acceder al aborto por violación

Corte Constitucional de Ecuador suspende requisitos para acceder al aborto por violación

• A partir de ahora,  las mujeres y personas con capacidad de gestar pueden acceder a un aborto en caso de violación en Ecuador sin los requisitos de denuncia, examen médico o declaración juramentada, en tanto la Corte Constitucional no resuelva de manera definitiva sobre el tema.

• La medida fue posible gracias a que activistas presentaron una acción de inconstitucionalidad en contra del artículo 19 de la ley que regula la interrupción voluntaria del embarazo en caso de violación.
 
Ciudad de México, 29 de noviembre de 2022. La sala de admisión de la Corte Constitucional del Ecuador suspendió de forma temporalporal los requisitos de denuncia, examen médico o declaración juramentada para que una mujer pueda acceder a un aborto en casos de  violación. Dichos requerimientos se encuentran estipulados en el artículo 19 de la Ley Orgánica que Regula la Interrupción Voluntaria del Embarazo para Niñas, Adolescentes y Mujeres en caso de Violación. 

“Es hora de transitar hacia un modelo de legislación y atención del aborto como un tema estrictamente de salud, lejos de la criminalización y el estigma; lejos de la noción de que imponer condiciones para el acceso es garantizarlo libremente. Ese es, por supuesto, un camino largo, pero cuyos primeros pasos ya están siendo recorridos en toda América Latina”, dijo María Antonieta Alcalde Castro, directora ejecutiva de Ipas Latinoamérica y El Caribe. 

La suspensión de estos requisitos es el resultado de que integrantes del Movimiento Activista de Galápagos de Mujeres en Alerta (Magma) y otras activistas presentaron una acción de inconstitucionalidad en contra del artículo 19 de la norma que regula el aborto por violación en Ecuador. 

“Las accionantes establecen que la denuncia, declaración juramentada y examen de salud que exige el artículo impugnado podrían suponer barreras no justificadas para el acceso a una interrupción voluntaria del embarazo no deseado producto de una violación a mujeres, niñas y adolescentes que podrían provocar una vulneración grave de sus derechos”, cita la sala de admisión de la Corte Constitucional del Ecuador en el acta del caso. 

De esta manera, hasta que la Corte resuelva las demandas contra la disposición legal, las mujeres y personas gestantes sobrevivientes de violación pueden acceder a un aborto sin requisitos que obstaculicen este derecho.

Las activistas que presentaron la acción de inconstitucionalidad también mencionaron que la exigencia de una denuncia, examen médico o declaración juramentada provoca  que muchas mujeres embarazadas producto de una violación deban  buscar abortos en la clandestinidad.

“Estos aspectos, atentan gravemente contra su derecho a decidir libremente sobre su vida sexual y reproductiva, y su derecho a elegir libremente cuándo y cuántos hijos tener”, refieren las activistas en el acta del caso. 

Quienes presentaron la acción de inconstitucionalidad también identificaron que dicha ley es contraria a los artículos de la Constitución de Ecuador que resguardan el principio de igualdad y no discriminación, el derecho a la salud, los derechos de libertad, la tutela judicial efectiva y la protección reforzada a las víctimas de delitos.